Pablo Llarena desestimó el recurso de la acusación popular contra el levantamiento de las órdenes por malversación. El auto, fechado el 16 de octubre, ratifica una medida que había adoptado el pasado 6 de octubre.
El magistrado sostiene que debe aplicar la doctrina del Tribunal Constitucional, aunque no comparte sus argumentos sobre la interpretación de la ley de amnistía. El Constitucional rechazó el criterio que había servido para excluir la malversación de la amnistía en el caso de Dolors Bassa.
La resolución se limita a las medidas cautelares: no declara extinguida la responsabilidad penal de los tres procesados ni pone fin al procedimiento. La decisión sobre una eventual aplicación de la amnistía corresponde al órgano judicial competente.
El auto también ordena cancelar las órdenes en los registros y sistemas correspondientes. Contra la resolución cabe presentar recursos, que no suspenden lo acordado.
Con información de Infobae América.
El Expresivo trabaja para confirmar esta información con las autoridades. Esta nota se actualizará.

