El Gobierno emitió este martes la veda y comercialización de varias especies marinas, la cual entra en vigencia a partir del primero de junio hasta el 31 de diciembre del año en curso.
La disposición está contenida en el decreto 326-21 y establece que la prohibición es para todo el territorio nacional.
Las especies cuya veda se dispuso son peces loros, anguila y pepinos de mar.
“Solo será permitida la recolección de holoturias en una base anual de hasta 50 individuos por especie, para fines de estudio científico, previo sometimiento y aprobación por parte del CODOPESCA, de un proyecto que justifique tales colectas”, dice el decreto.
También indica que cada una de estas vedas abarcará sus respectivos períodos de cada año, en concordancia con las vedas regionales adoptadas dentro del marco SICA-OSPESCA.
“Se prohíbe la captura, el procesamiento y la tenencia de carne o masa no declarada de cualquiera de las especies señaladas en el recuadro del artículo 1”, señala el documento.
Asimismo, advierte que toda persona física o jurídica que tuviese en existencia ejemplares vivos en cautiverio o procesados de cualquiera de las especies indicada en el artículo 1, estará en la obligación de declarar la existencia en almacén o en centro de acopio al CODOPESCA dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del período de veda.
La violación a esta disposición será castigadas con penas previstas en el artículo 77,80,81,84 y 88 de la ley 307-04.


